Según la definición oficial de la Organización Internacional de Protección Civil:
«La Protección Civil es el sistema por el que cada país proporciona la protección y la asistencia para todos ante cualquier tipo de catástrofe o accidente, así como la salvaguarda de los bienes del conglomerado y del medio ambiente»
En rasgos generales, podemos concretar que la Protección Civil es la gestión de los servicios de Emergencias de un país, extendida a todos los niveles e involucrando a todas las partes. Sin embargo, se entiende como Protección Civil en el sentido estricto a los cuerpos específicos encargados de proteger a los ciudadanos de un país ante catástrofes de cualquier tipo.
Los organismos de Protección Civil suelen, además, definir una forma de participación ciudadana por la que se tenga a un grupo de personas preparadas para actuar ante catástrofes en apoyo a los servicios de Emergencias asalariados y que sirvan como responsables en la organización de la ayuda ciudadana.
En España estos colectivos se estructuran como Agrupaciones Municipales o Asociaciones de Voluntarios de Protección Civil gestionadas por los respectivos Ayuntamientos, en caso de las primeras, o auto-gestionados con carácter de ONG, las segundas.
Normativa básica Estatal
Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Sacional de Protección Civil
Normativa básica Autonómica
Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andañucía
Las agrupaciones
Las agrupaciones Municipales
Son organismos locales formados en exclusiva por voluntarios del Ayuntamiento cuyas funciones son las siguientes:
Prevención
1- Colaborar en los estudios de riesgos de la localidad, preferentemente orientados a edificios, locales y establecimientos de pública concurrencia.
2- Colaboración y apoyo en la confección y divulgación de los planes de autoprotección de dichos centros.
3- Colaboración en la elaboración y mantenimiento de los planes territoriales municipales y planes de actuación municipal frente a riesgos específicos.
4- Confección y realización de campañas de información y divulgación a la población afectada por los distintos riesgos, cumpliendo con las directrices dadas por el Ayuntamiento.
5- Participación en dispositivos operativos de carácter preventivo siempre coordinados por el servicio competente que corresponda.
Intervención
1- Apoyo a los servicios operativos de emergencia a requerimiento de los mismos.
2- Colaborar en la atención a afectados en emergencias (evacuación, albergue, abastecimiento, etc.), siempre coordinados por el servicio que corresponda.
Las asociaciones de voluntarios
Similares a las agrupaciones, son organizaciones no gubernamentales (ONG), no dependen de los Ayuntamientos y suelen tener convenios de colaboración con las administraciones municipales, provinciales o autonómicas.
